sábado, 21 de noviembre de 2009

Política

El régimen de la tierra se inscribe dentro del régimen ejidal, teniendo la categoría política de ranchería.

Su organización y estructura interna está basada en lo que dicta la ley de la Reforma Agraria. Las autoridades que rigen tanto la producción como el comportamiento interno y externo del ejido son:
1. La Asamblea General: Es la máxima autoridad interna, está formada por todos los ejidatarios en pleno goce de sus derechos.
2. El Comisariado Ejidal: Nombrado por la Asamblea General representa el ejido, y se responsabiliza de llevar a cabo las resoluciones tomadas por la misma. Se encuentra constituido por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, es nombrado cada tres años.
3. Consejo de Vigilancia. Nombrado por la Asamblea General, tiene como función vigilar las actividades que realiza el Comisariado Ejidal.
4. Subdelegado Municipal. Cada tres años las autoridades municipales junto con la Asamblea General, nombran un Subdelegado Municipal que depende directamente de las primeras y se encarga de mantener el orden en la comunidad.

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